COMUNICADO INFORMATIVO SUBSANACIONES OEP 2025 SAS

Ante la información difundida en las últimas horas a través de redes sociales y otros canales, que ha generado inquietud entre los/las candidatos/as del proceso selectivo OEP SAS 2025, consideramos necesario trasladar un mensaje de aclaración y tranquilidad basado en la información oficial recibida.

Sobre la no presentación del autobaremo

Las bases del concurso-oposición establecen con carácter general que la no presentación del autobaremo supone la exclusión en la fase de concurso.

Este criterio se mantiene y se va a respetar, tal y como ha trasladado el propio SAS.

No obstante, la Administración está aplicando la interpretación conforme a la jurisprudencia existente, que permite la subsanación en determinados supuestos cuando se acredita que sí hubo intención de participar en el proceso.

¿Qué casos se consideran subsanables?

El SAS está revisando caso por caso el expediente electrónico, comprobando si dentro del plazo oficial existió alguna actuación en la (VEC).

Se consideran situaciones subsanables:

  • Personas que realizaron el autobaremo pero lo dejaron en estado “borrador”.

→ Ese borrador será utilizado como autobaremo presentado.

  • Personas que accedieron a la VEC dentro del plazo, aunque no llegaran a generar un borrador.

→ Se les aplicará un baremo de oficio con los méritos ya registrados en VEC que cumplan los requisitos de convocatoria.

  • Si únicamente constara el Título de Especialista (requisito de acceso), se elaborará un baremo de oficio que recoja:
    • Servicios prestados registrados.
    • OPEs superadas inscritas en el sistema.

Estos supuestos se entienden como actuaciones que evidencian voluntad de participación, motivo por el cual pueden ser objeto de subsanación.

¿Qué casos NO son subsanables?

Cuando se constate que:

  • No hubo ningún acceso, movimiento ni actuación en la VEC durante el plazo establecido se entenderá que ha existido inacción por parte del/de la candidato/a.

En estos casos, la exclusión se mantiene conforme a las bases.

Plazos oficiales de autobaremo (recordatorio)

  • Del 29 de abril al 22 de mayo de 2025 (ampliado por incidencias técnicas).
  • Del 20 de mayo al 9 de junio de 2025 para: Enfermería y especialidades, Fisioterapia, Trabajo Social, Terapia Ocupacional y Logopedia.

La revisión que está realizando el SAS se limita exclusivamente a comprobar actuaciones dentro de estos periodos.

Procedimiento que seguirá el SAS

Según la información trasladada:

  • Se verificará individualmente la actividad registrada en VEC.
  • Si existió actuación en plazo → podrá aplicarse baremación (borrador o de oficio).
  • Si no existió actuación → aparecerán excluidos en los listados.

Solo en situaciones muy excepcionales, cuando tras el listado definitivo hubiera más plazas que aspirantes, podría estimarse alguna alegación adicional.

Recomendación a las personas afectadas

Se aconseja a quienes se encuentren en alguna de las situaciones descritas como subsanables que:

  • Presenten solicitud de subsanación mediante el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, lo antes posible.

Si no lo hicieran ahora, también podrán alegar:

  • Tras la publicación de los listados provisionales.
  • A través de la VEC en el plazo de alegaciones correspondiente.

Mensaje de tranquilidad

  • No se va a baremar de forma indiscriminada ni automática.
  • Se está realizando una comprobación individualizada.
  • Las bases de la convocatoria siguen siendo el marco principal de actuación.
  • Solo se están admitiendo subsanaciones cuando existe respaldo jurídico y evidencia de actuación en plazo.

Por tanto, no se trata de una modificación de las reglas del proceso, sino de su aplicación conforme a derecho.

No obstante comentaros que si hubiera alguna irregularidad, actuaremos en consecuencia, valorando las medidas que procedan en defensa de los derechos de los aspirantes y de la legalidad del proceso.

Tal y como os hemos comunicado, el SAS está realizando una interpretación que permitiría, en determinados supuestos, tener en cuenta actuaciones realizadas en la VEC dentro de plazo (borradores o simples accesos) y aplicar incluso baremaciones de oficio, pese a que las bases de la convocatoria —Resolución de 22 de enero de 2025 (BOJA de 27 de enero)— establecen expresamente que la no presentación del autobaremo en plazo conlleva la exclusión en la fase de concurso al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva.

Entendemos que esta interpretación excepcional se está planteando a raíz de las incidencias técnicas que se produjeron durante el plazo de presentación; no obstante, puede generar dudas jurídicas en relación con los principios de igualdad, seguridad jurídica y respeto a las bases de la convocatoria.

Por ello, SACECO ha solicitado informe a su Asesoría Jurídica para que valore:

-La legalidad de esta actuación.

-Su adecuación a la jurisprudencia que se invoca.

-El posible impacto sobre los derechos de los aspirantes que sí cumplieron en tiempo y forma.

Una vez recibamos noticias, informaremos puntualmente de sus conclusiones.

Queremos trasladar que, en caso de que se determine que esta situación pudiera afectar negativamente a los derechos de nuestros afiliados, SACECO adoptará todas las medidas y acciones necesarias para su defensa, siguiendo los cauces legales oportunos.

Seguiremos informando.