Hoy, 1 de agosto comienza la Semana Mundial de la Lactancia y, desde SACECO queremos poner en valor este periodo y recordar que El Estatuto de los Trabajadores es donde se regula el permiso de lactancia. Concretamente en el artículo 37.4, donde se establece la duración de la ausencia y las situaciones (nacimiento, adopción, …) y el periodo (9 meses).
Es un derecho individual, que en ningún caso se puede transferir a otra persona. Y solo con la reforma de 2019 se extendió el permiso a ambos progenitores. Cabe destacar que este permiso se puede disfrutar tras la baja por maternidad o paternidad.
Es importante indicar que el permiso lo puede solicitar cualquier padre o madre. No se tiene en cuenta la forma de alimentar al bebé. Aunque se llame permiso de lactancia, también engloba la alimentación con leche artificial.
En el Art.17 del Manual de permisos y licencias del SAS encontraréis los requisitos y características.